El Tribunal de Justicia de Luxemburgo ha dictaminado que no es válida la prohibición comunitaria que impide la venta de semillas de variedades que no puedan acreditar ser distintas, estables y suficientemente homogéneas y que no posean un valor satisfactorio para su cultivo o utilización (es decir, productividad).
Para muchas «antiguas variedades» no es posible aportar dicha acreditación. cuyo material genético es menos uniforme que el de las variedades admitidas, por lo que pueden evolucionar de forma diferente en función de las circunstancias del entorno, de modo que no son tan estables ni homogéneas como las variedades admitidas.
Todo empezó cuando la Association Kokopelli, una organización no gubernamental, que vende semillas de las llamadas «antiguas variedades», algunas de ellas no admitidas a los efectos de la Directiva 2002/55, fue denunciada por Graines Baumaux SAS, una empresa dedicada al comercio de semillas. Grains Baumaux identificó 461 variedades no admitidas (fundamentalmente de hotícolas) y ofertadas por Kokopelli, por lo que interpuso una demanda por competencia desleal en el año 2005. Entre otras pretensiones, Graines Baumaux exigió una indemnización a tanto alzado por importe de 50.000 euros y el cese de la publicidad de esas variedades. El Tribunal de Primera Instancia de Nancy concedió a Graines Baumaux una indemnización de 10.000 euros y, por lo demás, desestimó la demanda.
Kokopelli recurrió ante el Tribunal de Apelación de Nancy, y éste planteó al Tribunal de Justicia una pregunta en la que cuestiona la validez de varias directivas comunitarias, en la medida en que imponen restricciones de producción y de comercialización a las semillas y plantones antiguos.
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