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Reclaman la exención del IVA para el pan, al tratarse de un producto de primera necesidad

20/06/2012

La Comisión Europea ha recomendado a España que rebaje las cotizaciones sociales y compense la pérdida de ingresos con el aumento del IVA. Según Bruselas, el aumento del IVA podría lograrse suprimiendo gran parte de los tipos reducidos (8%) y superreducidos (del 4%) que se aplican a algunos productos, entre los que se encuentra el pan.

ASEMAC (Asociación Española de la Industria de Panadería, Bollería y Pastelería) manifiesta su rotundo rechazo a tal medida y por el contrario solicita la exención del IVA, tal y como lo ha expresado formalmente mediante carta al Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, basándose en:

– La progresiva pérdida de hábitos alimentarios saludables y el falso mito popular que asocia el pan con el sobrepeso, ha provocado un descenso brusco del consumo en España, pasando de los 134 kg. por persona y año en 1964, a los 45 kg que se consumieron en 2010.

– La Organización Mundial de la Salud recomienda el consumo de 91 kg de cereales por persona y año. España, por tanto, no está respetando esta recomendación sanitaria. Su consumo de pan se sitúa muy por debajo de otros países europeos como Grecia, Dinamarca, Irlanda o Alemania, alejándose de la dieta saludable con una excesiva ingesta de proteínas y grasas, en detrimento de los hidratos de carbono.

– En épocas de carestía económica, el pan constituye un alimento excelente capaz de aportar las proteínas, vitaminas y micro nutrientes necesarios para complementar una dieta saludable, todo ello a un precio asequible. De tal forma que el consumo de 200 gramos de pan diarios, aportan el 22,2% de la energía total diaria que el organismo necesita.

– El sector del pan constituye un importante elemento dinamizador de la economía española, ya que genera un volumen de empleo superior a las 336.000 personas entre producción y venta, lo que supone cerca del 30% del empleo total de la industria alimentaria española.

Entendiendo que el sector del pan puede aportar claras ventajas económicas, sociales y sanitarias en situaciones de crisis como la actual, la Junta Directiva de ASEMAC reclama a la Administración una exención del IVA, sobre todo cuando comprobamos que actividades tales como las apuestas y el juego ya gozan de este beneplácito. La Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido establece en su art. 20. Uno. 19º que están exentas de IVA: “ Las loterías, apuestas y juegos organizados por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, la Organización Nacional de Ciegos y por los Organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas, así como las actividades que constituyan los hechos imponibles de la tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias o de la tasa que grava los juegos de suerte, envite o azar.”

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