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La UE quiere concentrar sus preferencias arancelarias en los países en vías de desarrollo más necesitados

11/05/2011

La Comisión Europea prevé concentrar sus preferencias a la importación en los países en vías de desarrollo más necesitados. Limitará su Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG), que concede preferencias arancelarias específicas a los países en vías de desarrollo en forma de tipos o contingentes arancelarios reducidos o nulos, a unos ochenta países, para tener en cuenta la emergencia de países en vías de desarrollo más avanzados que son actualmente competitivos a escala mundial. Al mismo tiempo, la Comisión pretende animar a más países a respetar los convenios internacionales sobre derechos humanos, normas laborales, medio ambiente y buena gobernanza en el sistema SPG+, que otorga concesiones comerciales adicionales a los países vulnerables en el ámbito del comercio.

«Los equilibrios económicos mundiales han cambiado mucho en las últimas décadas. Los aranceles mundiales están en el nivel más bajo de todos los tiempos. Si concedemos preferencias arancelarias en este contexto competitivo, los países más necesitados deben obtener los mayores beneficios. El comercio y el desarrollo van unidos y las preferencias arancelarias son una pequeña parte de nuestra agenda más amplia para ayudar a las economías más pobres a aumentar su presencia en los mercados mundiales», ha indicado el Comisario de Comercio Karel De Gucht.

Los elementos clave de la propuesta incluyen los siguientes aspectos:

1.Concentrar las preferencias del SPG en menos países. Aunque la generosa cobertura de productos y los márgenes de preferencia no cambiarían, algunos países ya no se beneficiarían del sistema, entre ellos:

•Los países que han alcanzado una renta per cápita alta o media alta de acuerdo con la clasificación internacionalmente aceptada del Banco Mundial (como Kuwait, Arabia Saudí o Qatar).

•Los países que tienen un acceso preferente a la UE al menos tan favorable como el del SPG, por ejemplo en el marco de un acuerdo de libre comercio o un régimen comercial especial autónomo.

•Algunos países y territorios de ultramar que tienen un régimen alternativo de acceso a los mercados desarrollados.

•La lista final de países beneficiarios solo se determinará al final del procedimiento legislativo ordinario basándose en los datos de los tres últimos años.

1.Reforzar los incentivos para respetar los derechos humanos y laborales fundamentales y las normas en materia de medio ambiente y buena gobernanza a través del comercio, facilitando el acceso al SPG+, que concede preferencias adicionales, en su mayoría exentas de derechos, a los países vulnerables.

•El criterio de la vulnerabilidad es una de las dos condiciones económicas para que un país pueda acceder al SPG+. Con arreglo a la propuesta actual, el sistema se abrirá para permitir a más países beneficiarse de él. La adhesión al SPG+ les obligará a respetar las normas internacionales fundamentales. Los países podrán solicitar el acceso al SPG+ en cualquier momento, en lugar de una vez cada año y medio.

•Los posibles beneficiarios del SPG+ deben comprometerse a cooperar efectiva y plenamente con las organizaciones internacionales en relación con el respeto de los convenios internacionales, que es el segundo criterio económico requerido para aplicar el SPG+. La carga de la prueba de la implementación de los convenios internacionales recaerá ahora en los países de que se trate. El SPG+ tendrá controles y un seguimiento reforzados, así como procedimientos más sólidos para la suspensión temporal del sistema.

1.Reforzar la eficacia de las concesiones comerciales para los países menos desarrollados a través del sistema «Todo Menos Armas». La reducción del SPG a un número menor de beneficiarios disminuirá la presión competitiva y hará que las preferencias sean más significativas para los países menos desarrollados. El sistema «Todo Menos Armas» de la UE no tiene parangón en ningún otro país desarrollado.

2.Aumentar la previsibilidad, la transparencia y la estabilidad. El sistema será de duración ilimitada, mientras que actualmente se revisa cada tres años. Así será más fácil y atractivo para los importadores de la UE comprar en países beneficiarios del SPG. Además, los procedimientos serán incluso más transparentes, con principios jurídicos y criterios objetivos claros mejor definidos.

Las propuestas se debatirán en el Consejo y en el Parlamento Europeo con vistas a la introducción del SPG reformado a más tardar el 1 de enero de 2014.

Antecedentes

El comercio es un motor poderoso de crecimiento en muchos países, que ha sacado a cientos de millones de personas de la pobreza. La política comercial de la UE está concebida para contribuir a este proceso. Desde 1971, los sistemas de la UE como el SPG han permitido a los países en vías de desarrollo pagar aranceles de importación más bajos en algunas de sus exportaciones a la UE o en todas.

En 2009, las importaciones que se beneficiaron de las preferencias del SPG representaron 60 000 millones de euros, es decir, un 4 % de las importaciones totales de la UE y un 9,3 % del total de las importaciones de la UE procedentes de países en vías de desarrollo. Se estima que con el SPG revisado las importaciones beneficiarias de dichas preferencias supondrán 37 700 millones de euros.

El SPG actual incluye tres componentes:

•el régimen general SPG, que proporciona reducciones arancelarias a la importación a ciento setenta y seis países y territorios en vías de desarrollo;

•un régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la buena gobernanza (conocido como SPG+); este régimen ofrece preferencias adicionales para apoyar a los países en vías de desarrollo vulnerables en su ratificación y aplicación de los convenios internaciones en materia de derechos humanos y laborales, desarrollo sostenible y buena gobernanza económica; El SPG+ actual incluye a quince beneficiarios1;

•el sistema «Todo menos Armas», que ofrece acceso completo (en franquicia de derechos y sin cuotas) al mercado de la UE, salvo para armas o armamento, a cuarenta y nueve países menos desarrollados, tal como los definen las Naciones Unidas.

El SPG se aplica en ciclos de diez años para tener en cuenta los cambios de los patrones comerciales. El presente ciclo empezó en 2006 y finalizará en 2015. El SPG se aplica mediante reglamentos sucesivos aplicables durante tres años. El SPG actual se estableció mediante el Reglamento (CE) nº 732/2008, que entró en vigor el 1 de enero de 2009 y expirará el 31 de diciembre de 2011. En 2010, la Comisión adoptó una propuesta de renovación del Reglamento SPG existente para garantizar la continuidad después de 2011. Se espera que el sistema actual se prolongue hasta finales de 2013.

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