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ANAGRASA recurre la Resolución de la CNC que archiva su denuncia contra TRAGSATEC

30/03/2011

Los miembros de la Asociación Nacional de Industrias Transformadoras de Grasas y Subproductos Animales, ANAGRASA, han decidido por medio de su Junta Directiva impugnar ante la jurisdicción contencioso-administrativa la Resolución del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (“CNC”) que archiva su denuncia contra la empresa de capital público Sanidad Animal y Servicios Ganaderos S.A. (TRAGSEGA), ahora absorbida por la sociedad TRAGSATEC.

En julio de 2010, ANAGRASA denunció ante la CNC las graves irregularidades cometidas por TRAGSEGA al organizar las licitaciones para prestar los servicios de recogida, transporte y transformación/eliminación de subproductos de origen animal de categoría I (que constituyen básicamente animales muertos en granjas) en las Comunidades de Extremadura y Castilla-la Mancha convocadas el 29 de abril de 2010 y adjudicadas el pasado 17 de septiembre de 2010.

TRAGSEGA, que demanda más del 75% de este tipo de servicios en Extremadura y Castilla-la Mancha, establece las condiciones que deben cumplir las empresas para poder resultar adjudicatarias de las licitaciones que convoca. ANAGRASA denunció que las licitaciones citadas se habían configurado irregularmente de tal modo que solo podría resultar adjudicatario una concreta empresa en ambos casos, así como otra serie de graves irregularidades que tuvieron lugar posteriormente a su convocatoria.

ANAGRASA considera que el razonamiento reflejado en la Resolución de la CNC no contiene una respuesta ajustada a Derecho respecto a las demandas de la Asociación. En primer lugar, el Consejo no reconoce que TRAGSATEC organiza los
mercados afectados con total independencia de las empresas prestadoras de servicios. En segundo lugar, no se pronuncia sobre la existencia de una posición de dominio en el mercado de la recogida, transporte y transformación/eliminación, si
bien reconoce que TRAGSATEC goza de poder de mercado como demandante de servicios para la transformación/eliminación de subproductos de categoría 1 y 2. En consecuencia, la CNC considera que las condiciones discriminatorias denunciadas establecidas en las licitaciones no adolecen de falta de objetividad.

No obstante, la CNC concluye que pese al archivo, podría haber tenido lugar una vulneración de la normativa de contratación pública y que las leyes autonómicas que otorgan a TRAGSATEC un monopolio legal sobre la gestión de determinados tipos de subproductos pueden estar introduciendo restricciones innecesarias a la competencia.

Por todo ello, ANAGRASA ha decidido impugnar la Resolución ante la Audiencia Nacional en los próximos días. No es infrecuente que los jueces de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo anulen decisiones de la CNC, incluso aquellas que imponen multas de alta cuantía.

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