Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Frutas y hortalizas
    • Vino
    • Olivar
    • Remolacha y azúcar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
    • Insumos agrícolas
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • Política agraria España
    • Política agraria países terceros
    • OMC – Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • CC.AA.
    • Castilla y León
  • Legislación
  • Varios
    • Artículos
    • Buscador
    • Anuncios clasificados
    • Contacto
    • Newsletter
Está aquí: Home / Desarrollo rural / Mujer rural / El TSXG da la razón a FADEMUR en su lucha con Hacienda para equiparar en derechos fiscales a las trabajadoras del rural

           

El TSXG da la razón a FADEMUR en su lucha con Hacienda para equiparar en derechos fiscales a las trabajadoras del rural

22/04/2009

El caso que resolvió la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia viene del año 2004, en el que por primera vez comezó a aplicarse la dedución por maternidad en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, de la que podían beneficiarse las mujeres trabajadoras con hijos menores de tres años dadas de alta en cualquiera de los regimenes de la Seguridad Social. La demanda fue interpuesta por un matrimonio de Vimianzo, (A Coruña) en el que ámbos son ganaderos y trabajan en la misma explotación de la que son propietarios, cotizando cada uno de ellos al entonces llamado Régimen Especial Agrario de la Seguridade Social, (REAS).

Como viene siendo habitual en estos casos, la explotación figura a nombre del marido en los registros administrativos, aún que legalmente sea propiedad de los dos cónyuges, de modo que en la declaración de la Renta los ingresos de la explotación obtenidos por su trabajo conjunto tienen que imputarse exclusivamente al marido. Por contra, no se declara ningún ingreso a nombre de la mujer.

Esta circunstancia le sirvió a la Agencia Tributaria para negarle a las mujeres que se encuentran en esta situación el derecho a la dedución por maternidad, por entender que no hacían trabajo alguno, y esto aún teniendo conocimiento de su afiliación a la Seguridad Social y del pago de las correspondientes cuotas.

En su sentencia, el Tribunal viene a decir que es incompatible con la normativa del impuesto el razonamiento de la Agencia Tributaria segun el cual la falta de justificación de ingresos en la declaración de la Renta equivale a la falta de actividad, y que con su actuación Hacienda estaba imponiendo una “inaceptable justificación adicional” al exigido por las normas reguladoras del impuesto.

Añade el Tribunal que el alta en la Seguridad Social implica el ejercicio de una actividad, y que no es la contribuyente quien tiene que hacer ninguna justificación adicional para demostralo, sino que sería Hacenda quien tendría que demostrar que no existe actividad a pesar de la alta en la Seguridad Social para poder denegar válidamente el derecho a la dedución por maternidad.

La transcendencia del fallo va más allá de lo que es el cálculo de la deuda tributaria en el IRPF, ya que la Agencia Tributaria le impuso una sanción a aquellos contribuyentes que aplicaron en su declaración la dedución en estas circunstancias. A su vez, esto hizo que en los ejercicios siguientes las mujeres dejaran de aplicar en sus declaraciones un beneficio fiscal al que tenían derecho, según se le reconoció por la Justicia cinco años más tarde.

Para la presidenta de FADEMUR Teresa López “Hoy es un día para felicitarnos, ésta es una sentencia de justicia social que viene a solucionar un grave problema de clara discriminación entre las madres trabajadoras del medio rural (agricultoras y ganaderas) y el resto de las madres trabajadoras españolas”

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Es actualidad

  • El MAPA premia la innovación de mujeres rurales 09/09/2025
  • FADEMUR denuncia la exclusión de mujeres en la fiesta de Las Candelas de El Barraco 29/07/2025
  • Un estudio revela carencias nutricionales en embarazadas españolas pese a seguir la dieta mediterránea 29/07/2025
  • El Ministerio convoca ayudas por 500.000 € para asociaciones de mujeres rurales 26/06/2025
  • UAGA reclama una aplicación efectiva de la futura Ley de Mujeres Rurales en Aragón 23/05/2025
  • Las mujeres representan el 36 % de la fuerza laboral en los sistemas agroalimentarios en América Latina y el Caribe 21/05/2025
  • Convocadas las ayudas 2025 a explotaciones agrarias de titularidad compartida 14/05/2025
  • Bruselas acogerá la 8ª edición del Premio a la Innovación para Agricultoras 08/04/2025

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2018 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo