Las autoridades sanitarias peruanas han comunicado al Departamento de Comercio Exterior Ganadero del Ministerio de Medio Rural (MARM) la entrada en vigor el próximo 1 de febrero de 2009 de la Resolución Nº 1130 de 2008 de la Comunidad Andina, por la que entre otras modificaciones, solamente permitirá la importación de leche y productos lácteos desde establecimientos autorizados por el SENASA peruano.
Por ese motivo, este Departamento se ha establecido un procedimiento especial para tramitar la documentación de las empresas interesadas en obtener la autorización del SENASA, y poder exportar a ese mercado.
Para obtener esa homologación, las empresas interesadas deberán presentar ante esta Unidad, antes del viernes 6 de febrero de 2009, para su posterior remisión a Perú, la siguiente documentación:
1. – Anexo I: Solicitud de autorización
2. – Anexo II con los datos del establecimiento:
Nombre, dirección, Nº Registro (R.G.S.A.), …
3. – Relación de los productos que se desean exportar.
4. – Copia del documento de autorización oficial (RGSA)
5. – Información técnica de los productos que se desean exportar.
5.1. – Ficha técnica de los productos terminados.
5.2. -Diagrama de flujo del proceso productivo.
5.3. -Detalle de los procedimientos aplicados en la elaboración del producto.
5.4. -Origen de la materia prima.
6. -Plan de análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC).
7. -Sistema de buenas prácticas de higiene
Toda la documentación ha de ser validada por los Servicios Veterinarios oficiales responsables de la planta.
Se presentará un expediente por cada una de las plantas con RGSA distinto.
Para aquellas empresas cuya documentación no llegue en el plazo fijado anteriormente, se solicitará su autorización con posterioridad a finalizar completamente el procedimiento de homologación de las que lleguen en el plazo establecido.
Mientras no se obtenga la autorización para las plantas elaboradoras, por parte del SENASA peruano, no se podrán efectuar exportaciones de leche y productos lácteos a ese país.
Puede consultar los anexos en el siguiente vinculo:
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