Las esposas de los agricultores que contribuyen regularmente en las actividades de la explotación familiar no tienen reconocida ninguna protección social en una gran mayoría de los países de la UE-25. Concretamente en Austria, Bulgaria, República Checa, Grecia, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Lituania, Letonia, Malta, Polonia, Portugal, Eslovaquia, Rumania, Finlandia, Reino Unido y Estonia. En consecuencia, las esposas colaboradoras de agricultores en estos países, tras haber trabajado durante décadas en la empresa familiar, pueden verse sin ningún tipo de ingreso ni protección en caso de divorcio o muerte del titular de la explotación.
Por este motivo, la Comisión Europea ha propuesto que los Estados miembro deben asegurar que las esposas colaboradoras puedan, si así lo solicitan, beneficiarse de al menos, un nivel de protección igual a los trabajadores por cuenta propia.
En consultas previas, se ha constatado una opinión favorable por parte de los sindicatos y las organizaciones agrarias. No obstante, las pequeñas y medianas empresas son reacias a cualquier aumento de las cotizaciones sociales.
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