Mérida, 14 de abril de 2008. Hacienda devolverá más de 10 millones de euros a los productores olivareros extremeños, según los cálculos de la Unión Extremeña de Cooperativas Agrarias (UNEXCA), que destaca además en el último número de su revista que los olivareros de la región recuperarán así el IVA de las ayudas a la producción de aceite de oliva de tres campañas, concretamente las de 2002-03, 2003-04 y 2004-05.
Según el procedimiento definitivo para esta devolución, la cooperativa, almazara o empresario que haya adquirido la aceituna serán los que deben expedir estos recibos de compensación y hacer efectivo el pago. Esta compensación se calculará aplicando el 8% del IVA que era el vigente en esas campañas al importe total de rectificación.
Esta medida se lleva a cabo después de que la Dirección General de Tributos, a instancias de la Confederación de Cooperativas Agrarias de España (CCAE), emitiera en noviembre de 2007 una consulta vinculante en la que se afirma que el importe de estas ayudas a la producción del aceite de oliva, que estuvieron vigentes hasta la entrada en vigor del sistema de pago único, debía incorporarse en los recibos de compensación que recibían estos productores de sus adquirientes cuando les entregaban las aceitunas beneficiadas por tales ayudas.
De este modo, el porcentaje de compensación que se aplica sobre los importes percibidos por estos productores sujetos al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA -en esas campañas del 8%- ha de aplicarse tanto al precio del producto entregado –aceituna para aceite o aceituna de mesa- como al importe de la ayuda a la producción que recibían los productores, al considerar que esta ayuda forma parte del precio a efectos de compensación del IVA. Se trata, por tanto, de rectificar los recibos de compensación no prescritas.
Esta medida, que resulta muy positiva para el sector olivarero, ya que la mayoría de sus activos están acogidos a dicho régimen especial del IVA, ha generado, sin embargo, ciertas dudas en cuanto a su aplicación. Así, en reuniones posteriores entre CCAE y la Dirección General de Tributos se informó a Hacienda de los problemas que podrían si no se aclaraba adecuadamente la aplicación de la consulta insistiendo que no se produjese elementos discriminatorios en su aplicación.
La regla para la prescripción debía ser uniforme en todos sus posibles supuestos para cualquier productor, con independencia de la fecha de pago del producto.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.