La normativa española estaba adecuada a la entrada en vigor de la identificación electrónica obligatoria en ovino y caprino a partir del 1 de enero de 2008, según se tenía previsto. No obstante, la decisión del Consejo de Ministros de la UE, el pasado mes de diciembre, de posponer esta fecha hasta el 1 de enero de 2010, ha llevado a la administración española a tener que modificar su normativa.
En este sentido, el Ministerio de Agricultura acaba de publicar la Orden 38/2008/CE mediante las que pospone hasta el 1 de enero de 2010 la entrada en vigor de ciertas medidas como:
– En el libro de registro, para cada animal nacido después de esa fecha, identificado individualmente, se añadirá la información de código de identificación del animal, año de nacimiento y fecha de identificación, raza y, si se conoce, el genotipo y mes y año si el animal murió en la explotación.
– El documento de traslado recogerá además el código individual de identificación de cada animal, indicado en la marca auricular y en el identificador electrónico.
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