La Comisión Europea ha adoptado
hoy un Reglamento de la Comisión por el que se eleva el límite máximo de las
denominadas ayudas «de minimis» en el sector pesquero. Las ayudas de minimis son
ayudas que se considera que no falsean la competencia. Con arreglo al nuevo
Reglamento, el límite máximo será de 30 000 € por período de tres años y por
beneficiario, a condición de que el importe total de esas ayudas sea inferior al
2,5% del valor de la producción pesquera nacional anual. Estas ayudas no pueden
utilizarse en ningún caso para la adquisición o construcción de buques nuevos o
el aumento de capacidad de la flota existente. Los Estados miembros tendrán que
registrar toda la información pertinente para demostrar que se cumplen estas
condiciones.
La exención de notificar a la
Comisión las ayudas estatales antes de su concesión se rige actualmente por un
reglamento que fija el límite máximo de la ayuda en 3 000 € por beneficiario y
por período de tres años (véase IP/04/1188). En el momento de su introducción,
en 2004, este límite se fijó muy bajo debido a que la Comisión carecía de
experiencia previa en relación con este tipo de ayudas en el sector pesquero.
Basándose en la información obtenida desde entonces, la Comisión cree que puede
autorizarse un límite más elevado sin riesgo de falseamiento de la competencia.
En la industria pesquera, el
sector dominante sigue siendo el de las capturas, y será previsiblemente el
principal beneficiario de las ayudas de minimis. El límite máximo anterior de
3 000 € era muy bajo, habida cuenta de la elevada intensidad de capital de la
empresa pesquera media de la UE.
La política pesquera común
persigue el objetivo de lograr un mejor equilibrio entre, de un lado, la
capacidad de la flota pesquera y la presión ejercida por el esfuerzo pesquero,
y, de otro, los recursos pesqueros existentes. Se considera que aquellas son
todavía más elevadas de lo que pueden soportar las poblaciones de peces sin que
peligre su existencia. Por esta razón, las disposiciones del nuevo Reglamento no
se aplicarán a ninguna ayuda que pueda servir para aumentar la capacidad de la
flota, por ejemplo, ayudas para la adquisición, construcción o modernización de
buques pesqueros.
El nuevo Reglamento ha sido
objeto de extensas consultas con los interesados y los Estados miembros desde
que fuera inicialmente propuesto, en junio de 2006, y sus disposiciones son
acordes con las condiciones generales de las ayudas de minimis, actualizadas por
la Comisión en diciembre de 2006.
Límites máximos de las ayudas de minimis en el sector
pesquero, por período de tres años y por Estado miembro
BE |
11 800 000 € |
BG |
433 000 € |
CZ |
1 008 000 € |
DK |
57 650 000 € |
DE |
48 950 000 € |
EE |
3 718 000 € |
IE |
8 508 000 € |
EL |
18 015 000 € |
ES |
127 880 000 € |
FR |
138 550 000 € |
IT |
94 325 000 € |
CY |
1 562 000 € |
LV |
3 923 000 |
LT |
5 233 000 € |
LU |
0 € |
HU |
740 000 € |
MT |
255 000 € |
NL |
35 875 000 € |
AT |
620 000 € |
PL |
21 125 000 € |
PT |
15 688 000 € |
RO |
524 000 € |
SL |
338 000 € |
SK |
1 133 000 € |
FI |
7 075 000 € |
SE |
11 153 000 € |
UK |
102 725 000 € |
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