8 de junio de 2007. El Consejo de Ministros ha aprobado encomendar al Consejo de Estado la realización de un estudio sobre las adaptaciones necesarias que deberían hacerse en el ordenamiento jurídico español para luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), más conocida por sus siglas en inglés (IUU).
Este estudio deberá hacerse efectivo antes de que se conozcan definitivamente las medidas de derecho comunitario que está elaborando la propia Unión Europea, que pretende tener aprobado, a finales de 2007 o principios de 2008, el nuevo sistema jurídico de lucha contra la pesca IUU.
Por ello, el estudio encomendado al Consejo de Estado deberá examinar las reformas que el ordenamiento español tendría que abordar a nivel legislativo, reglamentario y de praxis administrativa para la aplicación inmediata de la futura y nueva legislación europea en materia de lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
El estudio tiene también por finalidad adicional hacer el seguimiento de las propuestas que se van produciendo por la Comisión y el Consejo y, en su caso, en el Parlamento Europeo, para asegurar que, cuando el paquete de medidas se apruebe por la Unión Europea, el sistema español esté preparado inmediatamente para realizar los ajustes necesarios que permitan la aplicación de todas las nuevas medidas.
En definitiva, el objetivo de ese estudio es el de permitir al Gobierno poner en marcha las medidas legislativas, reglamentarias o de práctica administrativa que sean necesarias para acometer sin dilaciones la efectiva ejecución, incluida en su caso, la previa incorporación al derecho interno de normas internacionales, o transposición de normas europeas, de la política internacional y europea de lucha contra la pesca IUU.
La pesca ilegal, incontrolada y no regulada, representa un motivo de preocupación constante para España, que ha sido pionera en llevar a cabo iniciativas de disuasión, control y sanción de la pesca IUU. Los efectos negativos de este tipo de actividades son :
– medioambientales : ya que no respetan las medidas técnicas, de conservación y gestión de las pesquerías ni las de protección de la biodiversidad y el hábitat marino.
– sociales : ya que la mayor parte de los buques que la practican no respetan las normas de seguridad a bordo ni los derechos sociales de los trabajadores.
– económicos: ya que introducen sus productos en los mismos mercados que los pescados legalmente, constituyendo de esta forma una competencia desleal.
En este sentido, España en su lucha contra la pesca IUU, ha adoptado varias medidas normativas al objeto de evitar o disuadir el ejercicio de la misma por ciudadanos nacionales o empresas españolas.
Sin perjuicio de que estas medidas han resultado útiles, existen en la actualidad toda una serie de iniciativas europeas e internacionales que, con carácter general, desde la perspectiva de la regulación de los distintos caladeros internacionales o desde la protección de determinadas especies, están innovando los mecanismos de inspección, control, infracciones y sanciones que van a obligar a España a muy corto plazo a tener en marcha y en funcionamiento efectivo todo un sistema jurídico de implementación de la política de lucha contra la pesca IUU.
España tiene interés en seguir liderando esta lucha por lo que considera prioritario mantenerse a la cabeza de las medidas que se adopten en el ámbito comunitario e internacional, así como acomodar nuestro actual ordenamiento jurídico en lo que resulte necesario a estos efectos.
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