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COAG Coordinadora Agraria exige a la Castila y León a modificar la orden que regula las buenas practicas agrarias y medioambientales

04/12/2006

Palencia, 1 de diciembre de 2006.- COAG Coordinadora Agraria continúa a la espera de que se concrete la fecha de una reunión, solicitada hace más de mes y medio al Director General de Política Agraria Comunitaria, Pedro Medina, para tratar sobre la modificación de la Orden que regula las buenas prácticas agrarias y medioambientales que deberán cumplir las explotaciones agrarias de Castilla y León para recibir las ayudas directas de la PAC.

Desde COAG Coordinadora Agraria se exige la urgente convocatoria de una reunión para abrir un proceso de análisis y debate, entre Consejería y Organizaciones Profesionales Agrarias, que concluya con la modificación de la Orden AYG/1642/2005 para adaptar los requisitos de la condicionalidad a la auténtica realidad de las comarcas y explotaciones de nuestra comunidad

Nuestra Organización considera que esta norma, que tiene una gran importancia e incidencia en el día a día para los agricultores y ganaderos, debe ser revisada en profundidad, y su promulgación debe reunir un mínimo de consenso entre la Consejería y los representantes del sector. En este sentido, criticamos la falta de participación que al respecto se está propiciando desde la Dirección General de Política Agraria Comunitaria.

Para COAG Coordinadora Agraria, la importancia de adaptar los requisitos de condicionalidad a la realidad productiva de las explotaciones de nuestra región es una necesidad manifiesta, ya que la excesiva rigidez e algunos de estos requisitos dificultan su puesta en práctica, y el incumplimiento de los mismos por acción u omisión, por causas directamente imputables al productor, conllevará la reducción porcentual de las ayudas según la gravedad y persistencia de los efectos producidos, pudiendo llegar a la pérdida total de los pagos directos.

Desde COAG Coordinadora Agraria se considera que las medidas de condicionalidad no deben obstaculizar la normalidad en la gestión de las explotaciones agrarias, y que ambas son compatibles si se aplican criterios razonables. Por este motivo resulta necesario abordar algunas modificaciones en materia de: identificación de ganado después de la aplicación de las nuevas normas especificas en el ovino; fechas de laboreo en tierras de barbecho y de retirada y técnicas de mismo, así como una modificación en diversas medidas, no tanto en el fondo como en una mejor identificación de los requisitos (mantenimiento de arbolado, de franjas de cultivo, entre otras).

Por último manifestar que resultan contradictorios algunos requisitos de condicionalidad con las imposiciones en el pago único y la determinación en el SIGPAC de superficie con derecho a pago. Mientras que a efectos de pago se excluyen ribazos o arbolado, las medidas de condicionalidad ambiental obliga a mantener un número de árboles por hectárea y los elementos naturales. Parece del todo razonable y lógico que si se considera bueno la existencia de arbolado y elementos que sirven de protección de la fauna y evitar erosiones, estos se incluyan en el pago, no aplicándose reducciones en la superficie.

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