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Las cooperativas recurrirán ante la Justicia Europea la protección de la Afourer – Nadorcott

15/12/2005

Las cooperativas agrarias recurrirán ante el Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea los derechos de los citricultores que han plantado la variedad afourer en los últimos veinte años, al entender que era una variedad que circulaba libremente. La organización cooperativa agotará todas las instancias de amparo arbitradas por la Unión Europea para preservar los intereses de los citricultores. Dada la inequívoca voluntad de Fecoav de personarse como parte interesada en un litigio que supone una fragrante discriminación para los citricultores, la organización cooperativa recomienda que los agricultores no se dejen acosar por el requerimiento que está realizando la empresa franco-marroquí Nadorcott, máxime cuando como parte interesada en el juicio no ha recibido ninguna resolución de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales, y por tanto todavía no se ha levantado la suspensión cautelar decretada por la misma.

Cirilo Arnandis, Presidente de las Cooperativas Hortofrutícolas de la Confederación de Cooperativas Agrarias de España (CCAE), y de las Cooperativas Citrícolas de la Comunidad Valenciana (Fecoav), ha manifestado que la organización cooperativa no escatimará ningún esfuerzo económico y profesional para defender en todas las instancias los legítimos intereses de los citricultores españoles, máxime dada la contribución que desde siempre ha realizado la Comunidad Valenciana en la obtención y mejora de las principales variedades citrícolas. Igualmente, al representante cooperativo le llama la atención el hecho de que Nadorcott no esté exigiendo cantidad alguna a los citricultores americanos.

La organización cooperativa se personará ante las instancias judiciales de la Unión Europea tan pronto tenga conocimiento por escrito de la Resolución del recurso planteado en su día y de los motivos para su desestimación, ya que hasta este momento únicamente se dispone del Acta de la vista, y en la misma no entra en el fondo del asunto, que son los derechos sobre la variedad. De hecho, el Acta de la Vista únicamente entra en la forma, al indicar que la organización cooperativa carece de legitimación por la ausencia de interés personal y directo en el asunto. Así pues, la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales durante el procedimiento nunca ha entrado a valorar el problema de fondo impidiendo a la parte interesada defender sus argumentos.

Fecoav se ratifica en las causas que motivaron la presentación en abril del recurso que se basó en que la variedad afourer no es un descubrimiento de la empresa franco marroquí Nadorcott y que la misma era de dominio público, ya que existen pruebas de que esta variedad ya existía en el año 1984. De hecho, hay pruebas de que en el año 85 ya había en España varetas procedentes de Estados Unidos, y que la misma tuvo su entrada libre en la Universidad de California en 1984. De igual modo el catedrático de la Universidad Miguel Hernández, Rafael Martínez, elaboró un informe en el que relataba la cronología de la implantación de la variedad.

Así pues hay suficientes antecedentes en los que el propio obtentor ofrece libremente la variedad, recalando finalmente algunas varetas también en España. Abundando en este argumento, el diario de sesiones de las Cortes Españolas también recoge la respuesta realizada por el Ministerio de Agricultura, a una interpelación presentada por la diputada valenciana Maria Angeles Ramón-Llín, en que el organismo agrario español reconoce que «en 1996 ya sale del IVIA material limpio, proceso que requiera al menos dos años de trabajo».

Igualmente Fecoav sostiene que «hay una nulidad por infracción y abuso del derecho comunitario», ya que se contraviene el Reglamento 2100/94 que especifica las personas que pueden proteger una variedad. Este reglamento establece que pueden ser «los nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea, países firmantes del Convenio de la Unión de Protección de Obtenciones Vegetales (UPOV), o previo informe de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales de aquellas personas nacionales de un Estado que no siendo miembro de la Unión Europea, ni firmante del Convenio de UPOV, sus países de origen reconozcan a los nacionales los derechos de poder proteger». De hecho, para Salvador Roig, director del equipo jurídico que ha interpuesto la demanda, hay un tema que «es fundamental como es la reciprocidad del derecho que es un principio de derecho internacional. Nadie puede dar un derecho si no me está reconocido a mi en ese país».

En este contexto, dado que Marruecos no reúne ninguna de estas exigencias, el mismo día que se presentó la solicitud de protección se hizo una cesión a un agente francés, que al ser persona comunitaria, aparentemente procedió a su registro. Simultáneamente, el ciudadano francés cedió posteriormente los derechos a una sociedad, que responde al nombre de Nadorcott Protection, de cuyo accionariado termina desapareciendo, volviendo la empresa a los dominios de la familia real marroquí. De hecho, en abril de 2004, los titulares de la empresa son M. Bouamar, representante de los dominios agrícolas de Marruecos, con una participación de 67 por ciento, y el INRA, que es el centro de investigación marroquí, con una participación del 33 por ciento. El propio Nadori reconoce, en una conferencia, la creación de una figura jurídica interpuesta para facilitar la transmisión de la protección, una práctica que claramente supone un abuso del derecho.

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