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Cuestiones pendientes de resolución en relación con los subproductos animales

18/11/2005

La aplicación del reglamento de normas sanitarias sobre subproductos animales (SPA) no destinados a consumo humano, ha progresado a buen ritmo en todos los Estados miembro, desde su entrada en vigor en 2002 (Reglamento 1774/2002). No obstante, los países de la UE han ido manifestando diferentes cuestiones que están pendientes de resolución. Dichas cuestiones están recogidas en un informe que la Comisión Europea ha realizado sobre las medidas que han aplicado los Estados miembro para cumplir el reglamento.

Las principales cuestiones que están pendientes de resolución son:

– Definición de “antiguos alimentos” considerando como tales aquellos de origen animal o que contengan productos de origen animal que ya no están destinados al consumo humano por diversos motivos.

– Evitar la redundancia en la aplicación simultánea a los SPA de la legislación veterinaria y de la legislación comunitaria sobre residuos.

– Excluir de la aplicación del reglamento, productos que ya no presentan ningún riesgo, como los derivados de grasas para la producción de abonos.

– Autorización de nuevos métodos alternativos para la transformación, utilización y eliminación de SPA.

– Aplicación a las tierras de abonos orgánicos y enmiendas del suelo.

– Establecer normas alternativas, no tan severas, para la transformación de SPA en instalaciones de compostaje o de biogás y tratamiento térmico del estiércol

– Utilización directa en los piensos de leche y productos lácteos definidos como materiales de la categoría 3

– Posibilidad de transformar SPA en la planta de extracción de grasas contigua a un matadero, cuando los SPA procedan de otro matadero.

– Elaboración de nuevos certificados para armonizar los requisitos de importación de determinados productos (lana, plumas, estiércol, productos compuestos, etc.) aún no regulados por el Reglamento.

– Determinación de los marcadores más adecuados para subproductos animales destinados a su eliminación como residuos

– Normas de aplicación de la prohibición del reciclado dentro de la misma especie
(canibalismo)

– Revisar la clasificación en la categoría 2, de subproductos animales que plantean un riesgo muy bajo (por ejemplo, gusanos, insectos y larvas destinados a la alimentación de las aves salvajes, etc). Estos SPA deberían ir en la clase.

– Eliminar la autorización bajo el reglamento SPA de las instalaciones ya autorizadas conforme a la legislación comunitaria alimentaria o de otro sector (por ejemplo, de producción de sebo, huevos, gelatina, etc.), así como también en las plantas que fabrican productos acabados, como los productos sanitarios, cosméticos o medicamentos.

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