Madrid, 19 de mayo de 2004. Ante la profusión de informaciones erróneas o no suficientemente contrastadas sobre el Fondo de Solidaridad creado por el Reglamento 2012/2002 para su aplicación en catástrofes naturales el MAPA quiere precisar lo siguiente:
Este Fondo fue creado para colaborar en las tareas de reconstrucción de daños provocados por catástrofes naturales. El ámbito de aplicación se establece en el Artículo 2 que define las “catástrofes naturales” como aquellas cuyos daños superan los 3.000 millones de Euros o representan pérdidas por encima del 0,6% de la Renta Nacional Bruta. El límite máximo anual de fondos destinados a estas catástrofes es de 1.000 millones de Euros. También se definen, para su aplicación a ellas, las “catástrofes regionales extraordinarias”, a las que se puede aplicar el Fondo excepcionalmente, como aquellas que en zonas concretas sufran daños muy importantes que afecten a la mayoría de la población de esa región con repercusiones graves y duraderas en las condiciones de vida y la estabilidad económica. La dotación anual para estos casos se reduce a 75 millones de euros.
Para acceder a los beneficios de este Fondo es necesario aportar datos concretos sobre el alcance de los daños, que deben acompañar a la solicitud formal. No son aceptadas valoraciones sin una base sólida que las sustenten.
Estos datos se están recopilando en el seno de la Oficina Permanente para las Adversidades Climáticas y son aportados por las Comunidades Autónomas. En el momento presente, hacer una valoración final de los daños es imposible, por cuanto la evolución climatológica de las próximas semanas podría determinar un mayor o menor alcance de los daños.
Respecto a la petición formal, una vez recopilados los datos, y conforme a los requisitos del propio Reglamento 2012/2002, debe hacerse por medio del Ministerio de Economía y Hacienda a la Dirección General de Política Regional de la UE, para lo que habrá que esperar a la culminación del proceso de obtención de datos y valoraciones por parte de las Comunidades Autónomas.
España ha iniciado el pasado 25 de abril los trámites para la eventual aplicación del Fondo de Solidaridad a la situación de sequía que sufre el campo español. En esa fecha, ante la imposibilidad de proceder a la petición formal por la inexistencia de los datos definitivos sobre los efectos, la Ministra de Agricultura se dirigió a la Comisaria de Agricultura de la UE interesándose en aplicar el Fondo previsto en el Reglamento 2012/2002 para poder paliar las reducciones de ingresos de los agricultores y ganaderos a consecuencia de los daños provocados por la climatología adversa, como los provocados por la acción conjunta de las heladas y la sequía durante este año en España. También se instaban otras medidas de flexibilización de la Política Agrícola Común. De momento, no se ha recibido en el MAPA respuesta a esta petición.
Con posterioridad, el pasado 12 de Mayo, se reiteró a la Comisaria de Agricultura tal petición, añadiendo medidas adicionales para ser utilizadas en la actual situación.
En relación con las informaciones sobre la improcedencia del interlocutor europeo al respecto de las comunicaciones, la Comisaria Europea de Política Regional, ha precisado, el pasado día 17, respecto a la solicitud de España, tal y como ha sido recogido por diversos medios de comunicación, que en caso de ser aplicables a nuestro país las medidas previstas en el Fondo de Solidaridad sería suficiente con la carta que la Ministra de Agricultura ha enviado a la Comisaria de Agricultura. En cualquier caso, cabe recordar que la Comisión Europea es un órgano colegiado y que los interlocutores del MAPA son los Comisarios de Agricultura y Pesca, para las materias de sus respectivas competencias.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.