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Pinche aquí para realizar un cálculo orientativo de los derechos de Pago Único

 Introducción

 1. Conceptos básicos de la nueva PAC.

 

1.1. Pago Único

1.2. Derechos de Pago Único. Derechos ordinarios y derechos de retirada

1.3. Período de Referencia

1.4. Ayudas que permanecen acopladas

1.5. Modulación y otras deducciones de las ayudas

      1.5.1. Modulación de las ayudas

      1.5.2. Deducciones para la Reserva Nacional

      1.5.3. Peajes por transferencias de derechos

      1.5.5. Disciplina financiera

      1.5.4. Retención adicional nacional.  Artículo 69

 

2. Pago Único por Explotación. Cálculo, derechos, movilidad y transferencias.

 

2.1 Método de cálculo del Pago Único

 

2.1.1.   Superficie de Referencia e Importe de Referencia

2.1.2.   Cultivos COP

2.1.3.   Leguminosas de consumo humano

2.1.4.   Leguminosas de consumo animal

2.1.5.   Arroz

2.1.6.   Olivar

2.1.7.   Algodón

2.1.8.   Tabaco

2.1.9.   Lúpulo

2.1.10. Forrajes desecados

2.1.11. Superficie forrajera

2.1.12. Vacuno

2.1.13. Ovino y caprino.

2.1.14. Leche

2.1.15. Suma y ajustes finales

 

2.2 Derechos y movilidad. Transferencias y Reserva nacional

 

2.2.1   Admisibilidad para el Pago Único

2.2.2.  Generación de los derechos. Superficie de Referencia e Importe de Referencia

2.2.3.  Limitaciones de los importes del Pago Único

          2.2.3.1. Límite del Estado

          2.2.3.2. Límite por cada derecho. Derechos sujetos a condiciones especiales

2.2.4.  Identificación  de los beneficiarios iniciales

2.2.5.  Dificultades excepcionales 

2.2.6.  Transferencias

2.2.7.  Derechos Inesperados

2.2.8.  Reserva Nacional

2.2.9.  Activación de los derechos

2.2.11. Limitaciones a nivel  regional

2.2.10. Uso de los derechos

 

3. Resumen por sectores de cómo quedan las ayudas

 

3.1   Cultivos herbáceos

3.2   Arroz

3.3.  Leguminosas

3.4.  Frutos secos

3.5.  Forrajes desecados

3.6.  Olivar

3.7.  Algodón

3.8.  Tabaco

3.9.   Lúpulo

3.10. Semillas

3.11. Vacuno

3.12. Ovino y Caprino

3.13. Leche

3.14. Sectores que podrían estar afectados en el futuro o que lo estarán de forma indirecta. Frutas y hortalizas y remolacha azucarera.

 

4. Condicionalidad

 

4.1. Requisitos legales de gestión

4.2. Buenas condiciones agrarias y medioambientales

 

5. Asesoramiento de las explotaciones

 

6. Calendario de aplicación de la nueva PAC

 

7. Preguntas más frecuentes

 

 

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