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6. Calendario de aplicación
El Pago Único se comenzará a aplicar en España en el año 2006,
afectando ya a la siembras de otoño-invierno de 2005. Algunos
aspectos de la Reforma se aplican ya en 2005 aunque no exista
aun el Pago Único, como la modulación de las ayudas, la
Condicionalidad o la disminución de la ayuda a la transformación
de los forrajes desecados; y otros se empezaron a aplicar ya en
2004, como la introducción de las ayudas a las proteaginosas o a los
cultivos energéticos o la disminución del precio de intervención
del arroz.
En los meses de abril-mayo de 2005 se piensa proceder a la identificación
de los beneficiarios del Pago Único, a los que se les remitirán
comunicaciones con su historial productivo, indicando su
Superficie de Referencia y su Importe de Referencia.
Con la identificación se pretende saber quienes son los que
tienen derecho a cobrar el Pago Único, ya que en muchos casos no
serán los mismos de los que la Administración dispone el historial
de los años de referencia, ya que se puede dar toda la casuística
de abandono de la actividad, herencias, particiones, fusiones,
compraventas etc. Tras la comunicación se abrirá un periodo para
que realicen alegaciones las personas que no se les ha comunicado
nada y entienden que tienen derecho al Pago Único y los que se les
ha comunicado sin tenerlo.
A finales de año se espera que se publique la normativa definitiva
sobre el Pago Único y a primeros de 2006 se deberá
comunicar a los beneficiarios identificados una vez ajustados, sus
derechos definitivos de Pago Único y el importe de los mismos.
En todo caso
deberá haber un periodo de alegaciones para aquellas personas que
piensen que sus derechos asignados no se corresponden con la
normativa o para los que entiendan que no se les ha
comunicado derechos debiéndose haberse hecho.
Antes de 15 de mayo de 2006 se deberá solicitar el Pago Único por primera
vez, activándose los derechos. El primer Pago Único se abonará
entre el 1 de diciembre de 2006 y el 30 de junio de 2007 |