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6. Calendario de aplicación

 El Pago Único se comenzará a aplicar en España en el año 2006, afectando ya a la siembras de otoño-invierno de 2005. Algunos aspectos de la Reforma se aplican ya en 2005 aunque no exista aun el Pago Único, como la modulación de las ayudas, la Condicionalidad o la disminución de la ayuda a la transformación de los forrajes desecados; y otros se empezaron a aplicar ya en 2004, como la introducción de las ayudas a las proteaginosas o a los cultivos energéticos o la disminución del precio de intervención del arroz.

 En los meses de abril-mayo de 2005 se piensa proceder a la identificación de los beneficiarios del Pago Único, a los que se les remitirán comunicaciones con su historial productivo, indicando su Superficie de Referencia y su Importe de Referencia.

 Con la identificación se pretende saber quienes son los que tienen derecho a cobrar el Pago Único, ya que en muchos casos no serán los mismos de los que la Administración dispone el historial de los años de referencia, ya que se puede dar toda la casuística de abandono de la actividad, herencias, particiones, fusiones, compraventas etc. Tras la comunicación se abrirá un periodo para que realicen alegaciones las personas que no se les ha comunicado nada y entienden que tienen derecho al Pago Único y los que se les ha comunicado sin tenerlo.

A finales de año se espera que se publique la normativa definitiva sobre el Pago Único y a primeros de 2006 se deberá comunicar a los beneficiarios identificados una vez ajustados, sus derechos definitivos de Pago Único y el importe de los mismos.

En todo caso deberá haber un periodo de alegaciones para aquellas personas que piensen que sus derechos asignados no se corresponden con la normativa o para los que entiendan  que no se les ha comunicado derechos debiéndose haberse hecho.

Antes de 15 de mayo de 2006 se deberá solicitar el Pago Único por primera vez, activándose los derechos. El primer Pago Único se abonará entre el 1 de diciembre de 2006 y el 30 de junio de 2007

 

 

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